ELECCIONES A MIEMBROS DE LA ASAMBLEA GENERAL DE COMPROMISARIOS DE LA MUGEJU

2 mayo 2012

La Mutualidad General Judicial  ha convocado elecciones para la elección de Compromisarios de su Asamblea General. Al haber transcurrido cuatro años de mandato del anterior miembro, para este proceso a MURCIA le corresponde sustituir UN compromisario del grupo II  para un nuevo periodo de cuatro años.

La representación en la Asamblea General de Compromisarios de la MUGEJU debe ejercerse con carácter integrador y general, en defensa de los intereses de TODOS los mutualistas por igual, al margen de los intereses singulares de la organización sindical por la que se propone cada compromisario

STAJ ha acordado avalar:

un candidato al presente proceso electoral para el miembro del Grupo II que corresponde a Murcia, a

MARCOS IZQUIERDO VIDAL

El próximo jueves  24  de mayo se celebrarán

ELECCIONES a la

MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL (MUGEJU)

La Mesa Electoral será única en Murcia, si deseas votar a Marcos y no puedes desplazarte, te podemos facilitar el voto por correo, avísanos con tiempo.

Tfno 638431293

¿Qué se elige en estas elecciones?


MUGEJU AVISO IMPORTANTE: Para percibir las Ayudas del Fondo de Asistencia Social y Atención a Personas Mayores a partir del 1 de julio de 2012

20 abril 2012

La Disposición adicional trigésimo novena de la Ley 27/2011, de 1 de agosto (BOE 02/08/2012) sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de la Seguridad Social procede, con efectos 1 de enero de 2012, a la integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar dentro del Régimen General, mediante la creación del Sistema Especial para Empledos de Hogar (R.D. 1620/2011 de 14 de noviembre y B.O.E. 17/11/2011).

En dicha normativa, se establece la obligatoriedad de dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social al empleado de hogar que preste servicios a un empleador, independientemente del número de horas que preste de servicio.

Como consecuencia de lo anterior y al objeto observar las normas de obligado cumplimiento, a partir del 1 de Julio de 2012, para poder percibir la ayuda a domicilio de los programas del Fondo de Asistencia Social y de Atención a Personas Mayores, se tendrá que adjuntar al recibo mensual firmado por la persona que realiza el servicio, el justificante de haber abonado a la Tesorería General de la Seguridad Social la cotización que corresponda por los servicios prestados por la persona que le atiende.

Sin el justificante del abono a la Tesorería General de la Seguridad Social de las cuotas correspondientes a la persona que preste servicio, no se podrán hacer efectivas las Ayudas que se soliciten y en su caso se concedan.


Protección de la Asistencia Sanitaria a Beneficiarios de Mugeju

18 abril 2012

Novedades Legislativas en Seguridad Social.

Mugeju ha publicado en su web la siguiente nota informativa sobre novedades legislativas en materia de Seguridad Social, que afectan al derecho del trabajador a la asistencia sanitaria por título propio en el Sistema Público de Salud una vez finalizada la actividad laboral, y que pueden dar lugar a situaciones de doble protección de la asistencia sanitaria a los beneficiarios de MUGEJU.
Las situaciones son:
Desempleo A partir del 1 de enero de 2012, de acuerdo con lo previsto en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, la extensión del derecho a la asistencia sanitaria pública se hace efectiva para todas aquellas personas que hayan agotado la prestación o subsidio de desempleo.
En estos casos, al ser una situación de Alta adicional para la asistencia sanitaria, las personas que quieran optar por tener la cobertura como beneficiarias de MUGEJU tendrán que tramitar su baja en la Tesorería General de la Seguridad Social. Una vez el trabajador haya sido excluido de dicho Régimen, el mutualista podrá solicitar a MUGEJU la inclusión de su beneficiario, siempre que cumpla los requisitos
Trabajador en el Régimen Especial Agrario. La Ley 28/2011 de 22 de septiembre, ha integrado el Régimen Especial Agrario por cuenta ajena dentro del Régimen General de la Seguridad Social.
La inclusión en el Sistema Especial para trabajadores por cuenta ajena Agrarios se produce tanto durante la situación de actividad laboral como durante la situación de inactividad.
La inclusión del trabajador durante la situación de inactividad se realiza de oficio por la Tesorería General de la Seguridad Social una vez que se haya realizado 30 jornadas reales en un periodo continuado de 365 días.
La exclusión del Sistema Especial puede producirse a solicitud del trabajador. Una vez el trabajador haya sido excluido de dicho Régimen, el mutualista podrá solicitar a MUGEJU la inclusión de su beneficiario siempre que cumpla los requisitos
WEB MUGEJU NOTA INFORMATIVA

 


MUTUALIDAD GENERAL JUDICIAL

20 febrero 2012

Resolución de 7 de febrero de 2012, de la Mutualidad General Judicial, por la que se publicala Circular n.º 80 reguladora de la asistencia sanitaria fuera del territorio nacional.

 

         Se regula por primera vez la asistencia sanitaria fuera de territorio nacional, definiendo en el artículo 73 los principios básicos de la prestación: La utilización de servicios sanitarios en el extranjero por mutualista con derecho a ellos se presta en condiciones de equivalencia con la asistencia sanitaria dentro del territorio nacional, y dará derecho a la cobertura de los gastos ocasionados con motivo de dicha asistencia, en los términos, condiciones y formas de gestión que se establezcan por la Mutualidad General Judicial

IMPRESCINDIBLE: MUGEJU no atenderá ninguna solicitud de pago o reintegro de gastos sanitarios en países fuera del territorio nacional, si el mutualista no hubiera solicitado con antelación el alta en esta modalidad sanitaria.


NUEVO ACUERDO MUGEJU-BBVA

8 febrero 2012

MUGEJU ha renovado una vez más su acuerdo con el BBVA, hasta el 30 de junio de 2012. En este nuevo acuerdo, BBVA ha aceptado respecto a los préstamos hipotecarios formalizados con anterioridad al 1/4/09, modificar el límite mínimo del tipo de referencia que pudiera corresponder conforme la escritura de préstamo.


Resumen condiciones para mutualistas
Comunicado BBVA sobre prestamos hipotecarios

MUGEJU: CAMBIO ORDINARIO DE ENTIDAD MEDICA

4 enero 2012

Cambio ordinario: Desde el 1 al 31 de enero de 2012

Los mutualistas que lo deseen pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, por una sola vez.

Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de impreso de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido.

Descarga:


MUTUALIDAD: CONVOCATORIA DE AYUDAS

18 diciembre 2011

 En el boe de 15 de diciembre se ha publicado resolución de 1 de diciembre de 2011, de la Mutualidad General Judicial, por la que se convoca la concesión de ayudas del Programa de atención a personas mayores y otras ayudas sociales para el año 2012.

Los programas objeto de la presente convocatoria son los siguientes:

a) Programa de atención a personas mayores.
b) Ayudas para actuaciones de podología básica y para termalismo social para
mayores.
c) Programa de atención a personas con discapacidad y programa de atención a drogodependientes.
ENLACES: PDF (BOE-A-2011-19577 – 2 págs. - 139 KB)


Mugeju: Prórroga del concierto sanitario para 2012

8 noviembre 2011

Todas las compañías aseguradoras que actualmente tienen concierto con Mugeju han manifestado su voluntad de suscribir la prórroga del mismo para el año 2012.
En 2012 se mantienen las mismas condiciones contractuales que están actualmente vigentes, asegurando a los mutualistas un amplio abanico de elección entre seis compañías, más allá del que disponen las otras mutualidades de funcionarios.
El colectivo de funcionarios al servicio de la Admón. de Justicia podremos optar en el mes de enero de 2012 por recibir la asistencia sanitaria a través de las siguientes compañías: Asisa, Caser, DKV, Mapfre, Sanitas y Segurcaixa Adeslas, o bien recibirla a través de los servicios públicos de salud de las CCAA.


CONCIERTO BBVA-MUGEJU Y OFERTA DE PARADORES PARA MUTUALISTAS DE MUGEJU.

11 enero 2011

 Nuevo convenio de MUGEJU con el BBVA válido desde 1 de Enero de 2011 hasta 30 de Junio de 2011.

Concierto con el BBVA.

Oferta de Paradores para mutualistas de MUGEJU:

* Acuerdo de colaboración.
* Tarifa Especial Paradores 2011


Apertura del plazo para solicitar cambio de entidad médica.

2 enero 2011

Como cada año en enero se abre el plazo para cambiar de entidad médica para aquellos que estén interesados en ello.
Entidades médicas con las que Mugeju tiene concierto: ADESLAS, ASISA, CASER, DKV, MAPFRE-FAMILIAR, SANITAS Y EL INSS.
Plazo de solicitud: Del 1 al 31 de enero.
Efectos: Desde el 1 de febrero de 2011.
Procedimiento: Rellenar solicitud y enviarlo a oficinas centrales de Mujgeju, o a la delegación provincial por e-mail, fax o correo. Es posible también gestionar el cambio a través del portal del mutualista.

En la sección Impresos de este blog, podéis encontrar el modelo de solicitud de cambio de entidad médica.


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